Publicación de edicto

Te contamos que, en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial No. 12, se llegó a un acuerdo transaccional por el cual OSDE se obliga a distribuir entre los afiliados que se encontraban asociados al 29/09/2012 un fondo de compensaciones.

Te contamos que, en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial No. 12 a cargo del Dr. Diego H. Papa, Secretaría 24 se llegó a un acuerdo transaccional por el cual OSDE se obliga a distribuir entre los afiliados que se encontraban asociados al 29/09/2012 un fondo de compensaciones de un mil setecientos treinta y cuatro millones de pesos con IVA incluido que será actualizado desde la fecha de corte (6 de abril de 2022) hasta la fecha de pago por tasa activa del Banco de la Nación Argentina. La suma se distribuirá en proporción a lo que cada miembro de la clase haya abonado a OSDE según la cantidad de beneficiarios a cargo y el plan que registró entre abril y agosto de 2012. Hasta el 30 de marzo del corriente año, se podrá ejercer el derecho de rechazar el acuerdo conforme lo establece el artículo 54 de la Ley 24.240 y, en ese caso, esas personas serán excluidas de la restitución colectiva. La suma de compensación se acreditará en el segundo mes de facturación a partir del presente mediante nota de crédito solo para aquellas personas que, al día de la fecha, aún se encuentren afiliadas a OSDE. En el caso de los exafiliados, se acreditará en la cuenta que poseían al momento de registrarse en la obra social y, si no poseen una cuenta, previa autorización al Juzgado interviniente, se solicitará información bancaria a COELSA para dar un mayor cumplimiento al acuerdo. El dinero remanente quedará a disposición del beneficiario durante el plazo de cinco años. Resulta importante aclarar que el consumidor no deberá realizar ninguna acción puntual para percibir su compensación.