QUIÉNES PUEDEN ASOCIARSE A TRAVÉS DE UNA EMPRESA OBLIGATORIA
El personal de dirección de empresas que perciba una remuneración mensual en relación de dependencia superior al equivalente a cinco salarios mínimos, y que no se encuentre comprendido en convenios colectivos de trabajo.
Los directores de Sociedades Anónimas, que perciban una remuneración y cumplan con todas las obligaciones previsionales y de seguridad social inherentes a su relación de dependencia.
Beneficiarios del Sistema
El grupo familiar podrá estar integrado por:
Titular
Cónyuge o concubina.
Hijos / Hijastros / Hijos de concubina/o (con fotocopia de la partida de nacimiento) hasta los 25 años inclusive.
Adicional (de 26 a 35 años inclusive). Debido a la incorporación del IVA, a partir de los 26 años los hijos mayores cambian la condición de socios, continuando afiliados como socios titulares directos en la categoría de individual joven
Menor bajo guarda con tenencia extendida por juez de menores.
Nietos a cargo: Las madres solteras menores de 21 años, que se encuentren integrando el grupo familiar primario del titular, podrán continuar en el mismo con su hijo, abonando por éste el monto correspondiente a un integrante más, siempre y cuando ambos (madre soltera e hijo) estén efectivamente a cargo del titular. Para ello, se deberá presentar la partida de nacimiento donde conste tal situación. Este beneficio se extenderá hasta los 25 años inclusive de la hija soltera.
Las hijas mayores de 21 años, que estando a cargo del titular queden embarazadas, deberán desvincularse del grupo y realizar una nueva asociación como titular.
Los hijos varones solteros, menores de 21 años que se encuentran a cargo del titular y tuvieran hijos, podrán cursar el alta del recién nacido dentro del grupo familiar exclusivamente con la presentación de la guarda o tenencia otorgada por juez de menores al abuelo paterno.
Padres mayores de 60 años: se deberá presentar una declaración jurada en la que conste que padre / madre están a exclusivo cargo del titular y que no perciben pensión ni jubilación.
Categorías por Afiliación
Titular de 18 a 25 años inclusive
Individual NEO
Titular de 26 a 35 años inclusive
Individual Joven
Titular desde 36 años:
Individual
Matrimonio (ambos hasta 25 años inclusive):
Matrimonio NEO
Matrimonio (ambos entre 26 y 35 años inclusive):
Matrimonio Joven
Matrimonio (a partir de que cualquiera de ellos cumpla 36 años):
Matrimonio
Hijos hasta 25 años inclusive:
Hijo dentro del grupo familiar primario
Padres:
Adicional a cargo
Nota: Si usted está comprendido en la categoría NEO y tiene entre 18 y 20 años inclusive se necesitará el consentimiento expreso de ambos padres o tutores para que lo habiliten y asuman sus obligaciones.
Modalidades de Contratación
Las modalidades de contratación determinan el monto comprometido por la empresa para el pago de la cuota de OSDE BINARIO. La empresa podrá optar entre las siguientes modalidades de contratación:
Cubrir el valor de un plan determinado: las empresas pueden abonar la totalidad del valor de un plan (aportes y contribuciones más diferencia de plan)
Cubrir sólo el aporte de ley: las empresas se comprometen a pagar únicamente los aportes de ley y el socio abonará la diferencia para alcanzar el valor total del plan.
Existen otras modalidades que podrán ser consultadas con el asesor de su empresa o comunicándose a la Gerencia Comercial a los Tes. 4310-5071/74/76.
QUIENES PUEDEN ASOCIARSE A TRAVÉS DE UN GRUPO DIRECTO Todas aquellas personas pertenecientes a una determinada empresa que no se encuentren en relación de dependencia efectuando aportes.
Beneficiarios del Sistema
El grupo familiar podrá estar integrado por:
Titular
Cónyuge o concubina
Hijos / Hijastros / Hijos de concubina/o (con fotocopia de la partida de nacimiento) hasta los 20 años inclusive. Luego, podrán continuar en el grupo familiar en la categoría de adicional (de 21 a 25 y de 26 a 35 años inclusive).
Menor bajo guarda con tenencia extendida por juez de menores.
Nietos a cargo: Las madres solteras menores de 21 años, que se encuentren integrando el grupo familiar primario del titular, podrán continuar en el mismo con su hijo, abonando por éste el monto correspondiente a un integrante más, siempre y cuando ambos (madre soltera e hijo) estén efectivamente a cargo del titular. Para ello, se deberá presentar la partida de nacimiento donde conste tal situación. Este beneficio se extenderá hasta los 25 años inclusive de la hija soltera.
Las hijas mayores de 21 años, que estando a cargo del titular queden embarazadas, deberán desvincularse del grupo y realizar una nueva asociación como titular.
Los hijos varones solteros, menores de 21 años que se encuentran a cargo del titular y tuvieran hijos, podrán cursar el alta del recién nacido dentro del grupo familiar exclusivamente con la presentación de la guarda o tenencia otorgada por juez de menores al abuelo paterno.
Padres mayores de 60 años: solamente en el caso que un socio titular cambiara su categoría de socio por empresa a socio directo o grupo directo, los padres a cargo ya incorporados podrán continuar en OSDE BINARIO dentro del grupo familiar de dicho titular.
REQUISITOS PARA LA ASOCIACIÓN
Documentación requerida para dar de alta una empresa:
Formulario de Solicitud de Inscripción con datos completos, firma autorizada y aclaración. En dicho formulario será imprescindible informar el N° de CUIT de la empresa.
Documentación requerida para dar de alta a socios obligatorios:
Formulario de Solicitud de Afiliación con datos completos, firmado por el socio titular, con firma autorizada y sello de la empresa. En dicho formulario será imprescindible informar el N° de CUIL del socio.
Documentación requerida para dar de alta a socios de grupo directo:
Formulario de Solicitud de Afiliación con datos completos, firmado por el socio titular, con firma autorizada y sello de la empresa. Declaración jurada de salud completa. En caso de afecciones preexistentes se deberá acompañar la historia clínica para ser remitida a Auditoría Médica para su evaluación. La aceptación de la afiliación en estos casos será informada por el asesor comercial. En caso contrario, se notificará al domicilio del titular el rechazo de la solicitud presentada.
CREDENCIAL PROVISORIA
La credencial provisoria -cupón integrante de la solicitud de afiliación- habilita al solicitante y a su grupo familiar a utilizar los servicios médicos de consultas y prácticas de baja complejidad en carácter de beneficio provisorio, hasta que una vez aprobada la solicitud, posean la credencial plástica definitiva. El uso de algún servicio en el período de análisis de esta solicitud, no significa la aprobación definitiva de los solicitantes. La validez de la constancia provisoria es de 30 días. Si fuera necesario adquirir algún medicamento en el período de evaluación de la solicitud de afiliación, se deberá abonar el costo total del mismo, pudiendo solicitar el reintegro por el porcentaje correspondiente una vez aprobada la solicitud. Para ello se solicitará la factura de compra, la receta médica y el troquel del medicamento.
MOVIMIENTOS DE AFILIACIÓN
Incorporación de un familiar
Las altas de familiares con ingreso posterior al socio titular podrán informarse:
1) Mediante la solicitud de afiliación con los siguientes datos:
Número de socio titular. Apellido y nombre del socio titular. Número de empresa. Razón social. Datos correspondientes a los familiares a incorporar. Fecha de vigencia (fecha de presentación de la solicitud o en la que la empresa manifiesta que comenzará a realizar los aportes correspondientes).
En el caso de bebés recién nacidos se inscribirán a partir de la fecha del nacimiento.
2) Vía fax al 4310-5100, ingresando a www.osde.com.ar ó bien contactando a su asesor comercial a los teléfonos 4310-5071/74/76. Nota: No informar otros datos que no sean los detallados anteriormente a fin de evitar que por error se produzca una doble asociación.
Cambio de plan
Todo cambio de plan podrá informarse mediante:
1) Solicitud de afiliación con los siguientes datos:
Apellido y nombre del socio titular. Número de empresa. Razón social. Plan elegido. Firma del asociado. Firma autorizada y aclaración de la empresa. Fecha de vigencia (fecha de presentación de la solicitud o la estipulada por la empresa no pudiendo ser ésta anterior a la fecha de presentación).
2) Las modificaciones pueden realizarse telefónicamente al 4310-5090 de 9 a 20 hs, vía fax al 4310-5100, ingresando a www.osde.com.ar ó bien contactando a su asesor comercial a los teléfonos 4310-5071/74/76.
Nota: No informar otros datos que no sean los detallados anteriormente a fin de evitar que por error se produzca una doble asociación.
Cuando un socio cambiara hasta dos planes superiores, no se le aplicarán tiempos de espera, salvo para el otorgamiento de reintegros por internaciones clínicas, quirúrgicas y partos, en cuyo caso el servicio tendrá una carencia de 4 (cuatro) meses. La modificación de plan involucra al grupo familiar completo.
Bajas de Titulares y Familiares
Las bajas se podrán informar mediante:
1) Solicitud de afiliación con los siguientes datos:
Número de socio. Apellido y nombre del titular y/o familiar a dar de baja, indicando si la baja corresponde al titular o a un integrante del grupo familiar. Número de empresa. Razón social. Fecha de baja (a la fecha de presentación o posterior según lo solicitado por escrito por la empresa). Firma autorizada y aclaración de la empresa.
2) Podrá solicitarse también por nota.En el caso de bajas por fallecimiento o desvinculación laboral se solicitará el certificado de defunción o el telegrama de renuncia.
La baja del socio titular desvincula automáticamente a su grupo familiar.
En el momento de la presentación de la baja se deberán devolver las respectivas credenciales.
Usted podrá realizar su baja contactando a un asesor comercial a los teléfonos 4310-5071/74/76. También podrá ingresar la baja del personal de la empresa a través de nuestro web-site, www.osde.com.ar
Suma de Aportes y Pluriempleo
Cuando ambos cónyuges se encuentren trabajando en relación de dependencia y cumplieran con los requisitos para pertenecer a OSDE por empresa, podrán solicitar a la Organización la suma de sus aportes a fin de reducir el pago de la diferencia, si la hubiera, o acceder a un plan superior.
Si una persona se encuentra prestando servicios en relación de dependencia para más de un empleador, podrá unificar sus aportes a través de la condición de pluriempleo a favor de nuestra Organización. Las sumatorias de aportes y pluriempleo podrán ser informadas por nota tipo, detallando la siguiente información:
Razón social, CUIT y números de empresa CUIL de el/los empleados Sueldos Plan elegido Detalle de quién se hará cargo del pago de la diferencia del plan (empleado/empleador) Firma de el/los socios y/o del empleador según corresponda.
Sólo podrán realizar suma de aportes y pluriempleo los afiliados de empresas obligatorias.
SUBSIDIOS Por desvinculación laboral:
Para gozar de este beneficio, de acuerdo a lo que estipula la ley, se requiere haber aportado durante 90 (noventa) días continuos al régimen previsional.
El subsidio se otorga a pedido del titular mediante presentación de la solicitud de afiliación y el telegrama que avale dicha situación (renuncia o despido). No se efectúa en forma automática.
La cobertura se brindará por el término de los 90 días subsiguientes al distracto laboral, en un plan destinado para tal fin.
La cobertura no incluye reintegros y, de necesitarse una internación, se hará en habitaciones compartidas.
En ningún caso se suspenderán subsidios por discapacidad, bulimia, etc., si ya se estuvieran percibiendo con anterioridad.
Al término del beneficio, si el socio optara por continuar en OSDE BINARIO, puede hacerlo en la categoría de socio directo con reconocimiento de antigüedad, abonando la cuota correspondiente a la nueva asociación.
Por fallecimiento del titular:
El subsidio se otorga mediante presentación de la solicitud de afiliación completa y fotocopia de la partida de defunción.
Son beneficiarios del subsidio los integrantes del grupo familiar primario del titular fallecido.
Si el titular hubiese tenido sus padres a cargo, ellos podrán continuar, como única excepción, en la categoría de socios directos
La duración de esta cobertura es de 1 (un) año a partir de la fecha de fallecimiento.
Cuando el último plan vigente del socio posea antigüedad de 1 (un) año, se le respetará la cobertura en el mismo.
Cuando el titular no hubiese contado con 1 (un) año de antigüedad en el plan actual, y al momento de su deceso hubiera estado en un Plan 2-310 ó superior, la cobertura se brindará en el Plan 2-310. En el caso de que hubiera estado en un plan inferior, el beneficio se extenderá en ese mismo plan.
No hay tiempos de espera.
Situación de licencia por maternidad y/o por excedencia:
La situación de excedencia por maternidad está contemplada en el Art. 10 de la Ley de Obras Sociales Nº 23.660 y en el Art. 183 de la LCT.
La licencia por maternidad deberá ser informada por el afiliado o la empresa por nota indicando el período de inicio y finalización de la misma. OSDE BINARIO considerará los aportes de ley y en caso de existir diferencia a pagar, la misma deberá ser abonada por el afiliado o la empresa.
Una vez finalizada la licencia por maternidad, la socia puede hacer uso del beneficio de excedencia, manteniendo su calidad de asociada durante el período de la misma. Tendrá a su cargo, según lo establece la ley, el monto total de la cuota, comprendiendo sus aportes y la contribución que se encontraba a cargo del empleador.
SUSPENSIÓN DE LA ASOCIACIÓN A QUIENES SE AUSENTEN DEL PAÍS Beneficio exclusivo para países no limítrofes.
OSDE BINARIO brinda a aquellos socios que se ausenten del país por un período determinado, la posibilidad de afiliarse nuevamente sin perder la antigüedad ni los beneficios de la afiliación. Para ello deberán cumplimentar los siguientes requisitos:
Que la suspensión de la asociación sea solicitada por el socio en forma escrita (modelo de carta provista por OSDE BINARIO y fotocopia del pasaje), antes de ausentarse del país.
Que el pedido de reiniciación de la asociación sea solicitado en forma expresa y dentro de los 60 (sesenta) días corridos del retorno al país, rehabilitándose la afiliación a partir de la fecha de ingreso que consta en el pasaporte.
Que el período de ausencia del país no sea inferior a 6 (seis) meses ni superior a 24 (veinticuatro) meses.
Que la nueva residencia del socio no sea en un país limítrofe.
Que el socio que solicita el beneficio posea como mínimo 1 (un) año de antigüedad como asociado.
Para una eventual reiteración del pedido de suspensión deberá cumplir un lapso de un año como asociado nuevamente, abonando la cuota correspondiente al plan.
Es requisito para la reincorporación, la presentación del pasaporte que acredite su estadía en el exterior.
REINTEGROS
El pago de los reintegros se realizará mediante la acreditación en la cuenta de cada socio a través de la Red Datanet. La cuenta para la acreditación de reintegros deberá ser informada mediante la presentación del formulario modelo con los siguientes datos:
Datos personales
Datos bancarios del socio
Firma del titular de OSDE BINARIO
El formulario modelo podrá retirarlo en cualquier Centro de Atención Personalizada o imprimirlo desde el Web-site de OSDE BINARIO.
FORMAS DE PAGO PARA EMPRESAS OBLIGATORIAS
El pago del servicio puede realizarse de las siguientes formas:
Pago presencial
Bancos adheridos (detallados al dorso del estado de cuenta) Bapro Pagos
Se podrán abonar cuotas correspondientes al período vigente hasta la fecha de caducidad del talón de pago en efectivo, en los lugares habilitados a tal efecto, consultando al 0800-800-72467. El monto máximo que podrá abonar por este medio es de $1000.
Rapipago
Se podrán abonar cuotas correspondientes al período vigente hasta la fecha de caducidad del talón de pago y en efectivo, en cualquiera de los centros autorizados de Rapipago. El monto máximo que podrá abonar por este medio es de $1000.
Pago Fácil
Se podrán abonar cuotas en efectivo en todos los centros adheridos a Pago Fácil. El pago con cheque se efectuará únicamente en los Centros de Servicios Autorizados, a la orden de OSDE Organización de Servicios Directos Empresarios, no a la orden. El monto máximo que podrá abonar por este medio es de $1000.
Todas estas formas de pago están disponibles en filial Metropolitana. Consultar las opciones vigentes en las demás filiales.
FORMAS DE PAGO PARA EMPRESAS GRUPO DIRECTO
El pago del servicio puede realizarse de las siguientes formas:
Bancos adheridos (detallados al dorso de la boleta)
Pago teléfonico con tarjeta de crédito
Mastercard
Visa
American Express
Diners
Pago telefónico a través de Gire 4809-7385. Este servicio rige exclusivamente para los socios de Filial Metropolitana.
QUIÉNES PUEDEN ASOCIARSE A OSDE BINARIO
Todas aquellas personas que no se encuentren en la categoría de empleados en relación de dependencia: empresarios independientes, trabajadores autónomos, profesionales, etc.
Afiliados que, habiendo sido socios de OSDE BINARIO a través de empresa, deseen continuar afiliados como socios directos.
Beneficios del Sistema
El grupo familiar podrá estar integrado por:
Titular
Cónyuge o concubina
Hijos / Hijastros / Hijos de concubina/o (con fotocopia de partida de nacimiento) que formen parte del grupo familiar, hasta cumplir los 21 años. Luego, podrán continuar en el grupo familiar en la categoría de adicional (de 21 a 25 y de 26 a 35 años inclusive). Menor bajo guarda con tenencia extendida por juez de menores.
Nietos a cargo: Las madres solteras menores de 21 años, que se encuentren integrando el grupo familiar primario del titular, podrán continuar en el mismo con su hijo, abonando por éste el monto correspondiente a un integrante más, siempre y cuando ambos (madre soltera e hijo) estén efectivamente a cargo del titular. Para ello, se deberá presentar la partida de nacimiento donde conste tal situación. Este beneficio se extenderá hasta los 25 años inclusive de la hija soltera.
Las hijas mayores de 21 años, que estando a cargo del titular queden embarazadas, deberán desvincularse del grupo y realizar una nueva asociación.
Los hijos varones solteros, menores de 21 años que se encuentran a cargo del titular y tuvieran hijos, podrán cursar el alta del recién nacido dentro del grupo familiar exclusivamente con la presentación de la guarda o tenencia otorgada por juez de menores al abuelo paterno.
Si un titular cambiara la categoría de afiliado obligatorio por empresa a titular directo teniendo padres a su cargo, podrá mantenerlos en su nueva afiliación. Éste es el único caso en que se permite tener padres a cargo en un grupo familiar directo.
Categorías por Afiliación
Titular de 18 a 25 años inclusive
Individual NEO
Titular de 26 a 35 años inclusive
Individual Joven
Titular desde 36 años:
Individual
Matrimonio (ambos hasta 25 años inclusive):
Matrimonio NEO
Matrimonio (ambos entre 26 y 35 años inclusive):
Matrimonio Joven
Matrimonio (a partir de que cualquiera de ellos cumpla 36 años):
Matrimonio
Hijos menores de 21 años:
Hijo dentro del grupo primario
Hijos de 21 a 25 años inclusive:
Adicional
Hijos de 26 a 35 años inclusive:
Adicional
Padres*:
Adicional a cargo
Nota: Si usted está comprendido en la categoría NEO y tiene entre 18 y 20 años inclusive necesitará el consentimiento expreso de ambos padres o tutores para que lo habiliten y asuman sus obligaciones.
* No disponible para la asociación. Sólo para los que anteriormente fueron afiliados obligatorios.
REQUISITOS PARA LA ASOCIACIÓN
Documentación requerida para dar de alta una empresa: Formulario de Solicitud de Inscripción con datos completos, firma autorizada y aclaración. En dicho formulario será imprescindible informar el N° de CUIT de la empresa.
Documentación requerida para dar de alta a socios obligatorios: Formulario de Solicitud de Afiliación con datos completos, firmado por el socio titular, con firma autorizada y sello de la empresa. En dicho formulario será imprescindible informar el N° de CUIL del socio.
Documentación requerida para dar de alta a socios de grupo directo: Formulario de Solicitud de Afiliación con datos completos, firmado por el socio titular, con firma autorizada y sello de la empresa. Declaración jurada de salud completa. En caso de afecciones preexistentes se deberá acompañar la historia clínica para ser remitida a Auditoría Médica para su evaluación. La aceptación de la afiliación en estos casos será informada por el asesor comercial. En caso contrario, se notificará al domicilio del titular el rechazo de la solicitud presentada.
CREDENCIAL PROVISORIA
La credencial provisoria -cupón integrante de la solicitud de afiliación- habilita al solicitante y a sus beneficiarios a utilizar los servicios médicos de consultas y prácticas de baja complejidad en carácter de beneficio provisorio, hasta que una vez aprobada la solicitud, posean la credencial plástica definitiva. El uso de algún servicio en el período de análisis de la solicitud, no significa la aprobación definitiva de los solicitantes. La validez de la constancia provisoria es de 30 días. Si fuera necesario adquirir algún medicamento en el período de evaluación de la solicitud de afiliación, se deberá abonar el costo total del mismo, pudiendo solicitar el reintegro por el porcentaje correspondiente una vez aprobada la solicitud. Para ello se solicitará la factura de compra, la receta médica y el troquel del medicamento.
MOVIMIENTOS DE ASOCIACIÓN
Incorporación de un familiar
Las altas de familiares con ingreso posterior al socio titular podrán informarse:
1) Mediante la solicitud de afiliación con los siguientes datos:
Número de socio titular.
Apellido y nombre del socio titular.
Datos correspondientes a los familiares a incorporar.
Fecha de vigencia (fecha de presentación de la solicitud o posterior según lo solicitado en forma escrita por el socio titular). En el caso de bebés recién nacidos se inscribirán a partir de la fecha del nacimiento.
2) Por fax al 4310-5100, ingresando a www.osde.com.ar ó bien contactando a un asesor comercial a los teléfonos 4310-5071/74/76.
Tiempos de espera
Los tiempos de espera rigen desde la fecha de alta de cada integrante del grupo familiar. Ingresarán sin tiempos de espera, los hijos nacidos bajo la cobertura de OSDE BINARIO cuya madre haya cumplimentado el período establecido para maternidad.
Cambio de plan
Todo cambio de plan podrá informarse mediante:
1) Solicitud de afiliación con los siguientes datos:
Apellido y nombre del socio titular.
Plan elegido.
Firma del asociado.
Fecha de vigencia (fecha de presentación de la solicitud o posterior, según solicitado en forma escrita por el socio titular).
Nota: no informar otros datos que no sean los detallados anteriormente a fin de evitar que por error se produzca una doble asociación.
2) Las modificaciones pueden realizarse telefónicamente al 4310-5090 de 9 a 20 hs, vía fax al 4310-5100, ingresando a www.osde.com.ar ó bien contactando a un asesor comercial a los teléfonos 4310-5071/74/76.
Bajas de titulares y familiares
Estas bajas se podrán informar mediante la presentación de la solicitud de afiliación con los siguientes datos:
Número de socio.
Apellido y nombre del titular y/o familiar a dar de baja.
Fecha de vigencia de la baja (a la fecha de presentación o posterior según lo solicitado por escrito).
Motivo de la baja.
Firma y aclaración del socio titular.
Este trámite debe ser realizado únicamente por el socio titular. La baja del socio titular desvincula automáticamente a su grupo familiar. En el momento de la presentación de la baja se deberán devolver las respectivas credenciales. Usted podrá realizar su baja contactando a un asesor comercial a los teléfonos 4310-5071/74/76
En el momento de la presentación devolverán las respectivas credenciales.
SUBSIDIOS
Por fallecimiento del titular:
Para acceder a este beneficio, el titular debe poseer una antigüedad de 2 (dos) años en la Organización.
El subsidio se otorga mediante la presentación de la solicitud de afiliación completa y fotocopia de la partida de defunción.
Son beneficiarios del subsidio los integrantes del grupo familiar primario del titular fallecido.
Si el titular hubiese tenido sus padres a cargo, ellos podrán continuar, "como única excepción, en la categoría de socios directos
La validez de este beneficio es de 1 (un) año a partir de la fecha del fallecimiento.
Cuando el último plan vigente del socio posea una antigüedad de 1 (un) año, se le respetará la cobertura en el mismo.
Cuando el titular no hubiese contado con la antigüedad de 1 (un) año en el plan actual y al momento de su deceso se encontrara afiliado en un Plan 2-310 ó superior, la cobertura se brindará en el Plan 2-310. En el caso que hubiese estado en un plan inferior, el subsidio será extendido en el mismo plan.
SUSPENSIÓN DE LA ASOCIACIÓN A QUIENES SE AUSENTEN DEL PAÍS Beneficio exclusivo para países no limítrofes
OSDE BINARIO brinda a aquellos socios que se ausenten del país por un período determinado, la posibilidad de afiliarse nuevamente sin perder la antigüedad ni los beneficios de la afiliación. Para ello deberán cumplimentar los siguientes requisitos:
Que la suspensión de la asociación sea solicitada por el socio en forma escrita (modelo de carta provista por OSDE BINARIO y fotocopia del pasaje), antes de ausentarse del país.
Que el pedido de reiniciación de la asociación sea solicitado en forma expresa y dentro de los 60 (sesenta) días corridos del retorno al país, rehabilitándose la afiliación a partir de la fecha de ingreso que consta en el pasaporte.
Que el período de ausencia del país no sea inferior a 6 (seis) meses ni superior a 24 (veinticuatro) meses.
Que la nueva residencia del socio no sea en un país limítrofe.
Que el socio que solicita el beneficio posea como mínimo 1 (un) año de antigüedad como asociado.
Para una eventual reiteración del pedido de suspensión deberá cumplir un lapso de un año como asociado nuevamente, abonando la cuota correspondiente al plan.
Es requisito para la reincorporación, la presentación del pasaporte que acredite su estadía en el exterior
REINTEGROS
El pago de los reintegros se realizará mediante la acreditación en la cuenta de cada socio a través de la Red Datanet.
La cuenta para la acreditación de reintegros deberá ser informada mediante la presentación del formulario modelo con los siguientes datos:
Datos personales
Datos bancarios del socio
Firma del titular de OSDE BINARIO
El formulario modelo podrá retirarlo en cualquier Centro de Atención Personalizada o imprimirlo desde el Web-site de OSDE BINARIO.
FORMAS DE PAGO
El pago del servicio puede realizarse de las siguientes formas: