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Esperar un hijo es una etapa especial en la vida de toda mujer. Entendemos que en este momento vas a vivir muchas experiencias nuevas y también vas a necesitar muchos más cuidados. Por eso, queremos acompañarte y que cuentes con toda la información que puede llegar a ser de utilidad para vos.


¿En qué consiste?
 
El Plan Materno Infantil consiste en la cobertura al 100% de vacunas, productos de ortopedia y medicamentos indicados por médicos para las mujeres - durante el embarazo y hasta los 30 días posteriores al parto - y para el bebé durante el primer año de vida. No se encuentran incluidos dentro de esta cobertura los preparados y medicamentos de venta libre.
 
¿Cuáles son los requisitos necesarios para poder acceder al plan?
 
Para poder utilizar los beneficios del Plan Materno Infantil es necesario que presentes, en cualquiera de nuestras sucursales, el certificado de embarazo expedido por el obstetra.
 
¿Cambia la credencial durante el PMI?
 
En el momento en que presentes el certificado de embarazo, y en forma inmediata, te entregarán una credencial provisoria de papel con la sigla MI que será reemplazada por otra definitiva. La nueva credencial te habilita la cobertura al 100% en la atención especializada de todas las etapas del embarazo y el parto, en los institutos y con los médicos de cartilla.
 
Además de los servicios de maternidad, OSDE te brinda cobertura en cremas para el cuidado de la piel utilizadas en esta etapa. Te invitamos a contactarte por teléfono, por mail o personal-mente para conocer la marca comercial de la crema y las condiciones de este beneficio.
 
¿Cómo tramito el alta de mi bebé en OSDE?
 
Durante el primer mes de vida del bebé, para brindarle la cobertura, podrás utilizar tu credencial. A partir del nacimiento, contás con 30 días para gestionar su alta e informar el número de documento y así obtener su propia credencial. La cuota del recién nacido se abonará a partir del día de su nacimiento.
 
¿Los beneficios me corresponden si elijo un profesional que no pertenece a la cartilla?
 
Sí, los beneficios del PMI corresponden a todas las mujeres embarazadas y bebés asociados a OSDE. Si elegís atenderte con un médico particular, el reintegro de los honorarios estará sujeto al monto establecido por tu plan. Podrás acceder en forma directa a los medicamentos y estudios que el médico te recete, en los centros de diagnóstico y farmacias de tu cartilla.
 
El Plan Materno Infantil (PMI) implementado por OSDE reúne las características generales de provisión de servicios asistenciales definidos en su Plan Médico Asistencial (PMA) y respeta los principios de libre elección profesional, amplia disponibilidad de recursos y ágil acceso a las prestaciones necesarias para la mujer emba-razada o puérpera y el recién nacido.
 
Si estás asociada a OSDE a través de una empresa, es importante que tengas en cuenta los siguientes aspectos:
 
Licencia por Maternidad
 
Al estar asociada por empresa, deberás notificar a tu empleador, a través del certificado médico expedido por tu obstetra, la fecha probable de parto.

 
En caso de que la empresa sólo abone los aportes de ley, será necesario que informes a OSDE el inicio de la licencia por maternidad a través de una carta. Allí deberá constar tu nombre y apellido, DNI, número de socia, la fecha de inicio y finalización de la licencia y tu firma. Durante este período continuarás abonando la misma diferencia de cuota.
  
Si la empresa es responsable del pago del valor total de la cuota deberá notificar a OSDE el inicio de la licencia por maternidad a través de una carta firmada por el responsable a cargo, con la razón social y el CUIT de la empresa, tu nombre, apellido, DNI y la fecha de inicio y finalización de la licencia.
 
Excedencia
 
Si la empresa sólo abona los aportes de ley, deberás notificar a OSDE que deseás hacer uso del beneficio de excedencia que otorga la Ley de Contrato de Trabajo a través de una carta, con tu nombre, apellido, DNI, número de socia, la fecha de inicio y finalización de la excedencia y tu firma. Deberás, además, informar quién será responsable de abonar el valor total de la cuota durante este período.

 
Si la empresa es responsable del pago del valor total de la cuota deberá notificar a OSDE que deseás hacer uso del beneficio de excedencia otorgado por la Ley de Contrato de Trabajo, a través de una carta firmada por el responsable a cargo, con la razón social y el CUIT de la empresa, tu nombre, apellido, DNI y la fecha de inicio y finalización de la licencia. Deberá, además, informar quién será responsable de abonar el valor total de la cuota durante este período.
 
Ante cualquier consulta, no dudes en comunicarte con nosotros acercándote a nuestros Centros de Atención Personalizada, llamando al 0 810 555 6733 (OSDE), de 9 a 20 hs, o enviando un mail a contacto@osde.com.ar
 
Existen prestaciones obligatorias de cobertura médico asistencial, infórmese de los términos y alcances del Programa Médico Obligatorio en la siguiente dirección de Internet www.buenosaires.gov.ar

 

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